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septiembre 4, 2024

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El acusado de maltrato que cambió de sexo ha señalado que siempre se ha «sentido mujer» y niega dolo.

La defensa del acusado de presunta violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato, causa en la cual el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos de Sevilla se ha inhibido en favor de los juzgados de Instrucción, al alegar este inculpado una rectificación de su inscripción registral identificándose como mujer; ha dicho este martes que esta persona siempre se ha «sentido mujer» y el «único error» que ha cometido ha sido «crecer en una sociedad en la que ha estado cohibida durante mucho tiempo, sin poder expresar su verdadera condición sexual».

En un comunicado, los abogados defensores de esta persona, Juan de Dios Ramírez Sarrión y Rafael del Río Márquez, exponen que la misma «se casó y tuvo hijos porque así lo decía esta sociedad» y «ha estado sufriendo durante años maltrato por parte de su exmujer, sin poder denunciar esos malos tratos, aguantando por sus hijos todos estos insultos, agresiones y vejaciones»; extremo que ella niega avisando de una «denuncia falsa» de su expareja para «burlarse de la Justicia».

«El día que se aprobó la Ley Trans, vio la luz al final del camino y a los 15 días de la aprobación de la misma fue al registro a cambiar su género. Ella sólo hizo realidad su deseo de convertirse en mujer y la ley por primera vez la amparó. Ella no ha realizado este paso tan importante simplemente por librarse de la cárcel, con esta nueva defensa jurídica ha obtenido una sentencia absolutoria, ya que la denuncia interpuesta era falsa», sostiene su defensa.

El acusado de maltrato cambiado de sexo defiende que siempre se ha «sentido mujer»

Además, la defensa de esta persona avisa de que «los medios de comunicación se han ensañado, sin ni siquiera haber mostrado interés alguno en conocer de primera mano las circunstancias personales de ella y conocer la otra versión de los hechos, eligiendo la opción fácil de escuchar a una de las partes y juzgando» directamente, en todo «un ensañamiento publico y mediático».

Ello, en un marco en el que el pasado 13 de agosto, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos de Sevilla acordaba derivar a los juzgados de Instrucción las actuaciones incoadas por la denuncia de esta mujer contra su expareja y padre de sus hijos, por presunta violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato; exponiendo que había unido a tales diligencias un auto de fecha de 6 de agosto de 2023 del Registro Civil de Carmona, «donde se acuerda la rectificación de la mención registral del sexo» del varón investigado, que «pasará a ser mujer».

Al punto, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos explica que «la nueva redacción dada por el artículo 44 de la Ley 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, establece que la competencia objetiva, en el ámbito penal del Juez de Violencia sobre la Mujer, se extenderá a la instrucción de los delitos cometidos contra quien sea o haya sido la esposa o mujer que esté o haya estado ligada al autor por análoga relación de afectividad, así como a los descendientes, menores o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a potestad, cuando también se haya producido un acto de violencia de género».

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