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abril 12, 2025

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de 12 años y medio de prisión impuesta por la Audiencia de Málaga a un hombre por abusar sexualmente de su hija de cuatro años y por poseer una “cantidad ingente” de archivos de contenido pedófilo, la “mayoría de niñas de muy corta edad”.

Según se declaró probado en la sentencia de Málaga y ahora ha ratificado el alto Tribunal andaluz, el acusado mantenía una relación con la madre de la menor durante 14 años, fruto de la que nació la niña. En febrero de 2019, ella encontró en el móvil del hombre varios archivos de imágenes de video y fotografías de contenido pedófilo.

Entonces, decidieron separarse, dice la sentencia, y el juzgado estableció la custodia para la madre, con un régimen de estancias de la menor con el ahora acusado, el cual, en fechas no concretadas, pero, aproximadamente desde inicios de 2022, aprovechó esas visitas de su hija en la vivienda que ocupaba para cometer los abusos.

Así, la resolución precisa que con el “ánimo de satisfacer de forma habitual sus deseos sexuales”, le realizaba tocamientos a la niña cuando la bañaba; unos hechos que “tuvieron su culminación” en julio de 2022 cuando mientras que veían le volvió a realizar estos actos, pero la niña se lo contó a la madre al regresar a casa.

La madre denunció los hechos y en el análisis del teléfono móvil que el acusado llevaba en el momento de la detención los investigadores encontraron “una cantidad ingente de imágenes de fotografías y videos de pornografía infantil, en su inmensa mayoría de niñas de muy corta edad, incluidos bebés”.

Miles de archivos pedófilos

Asimismo, los agentes localizaron intercambios de 531 archivos de contenido pedófilo a través de una aplicación, constando varios mensajes enviados a través de una red social a otros usuarios en los que “el acusado proponía un intercambio de pornografía infantil”, señala la resolución.

Además, en el registro se encontraron varios dispositivos de almacenaje electrónico con 2.740 archivos de contenido pedófilo análogo a los anteriormente “y con la misma finalidad de tenencia para uso propio y de distribución”, con algunas imágenes “especialmente degradantes y violentas”.

Por estos hechos se le condenó por un delito continuado de abusos sexuales y otro de tenencia y distribución de material pornográfico con menores, con las circunstancias que atenúan la pena de reparación del daño y de confesión de los hechos. Se le impuso 12 años y medio de prisión.

Asimismo, se le impuso la prohibición de aproximarse a su hija a menos de 500 metros o comunicarse por cualquier medio con ella durante 22 años; y una pena de libertad vigilada que se cumplirá con posterioridad a las penas privativas de libertad por un tiempo de 20 años.

Programa formativo

También se le impuso la obligación de someterse a programas formativos de educación sexual, la privación de la patria potestad e inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido que conlleve un contacto regular y directo con niños por tiempo superior a 30 años al de la pena de prisión.

En concepto de responsabilidad civil, la Sala condenó al acusado a indemnizar a su hija en la cantidad de 10.000 euros por los daños morales y 300 euros por las lesiones.

Esta sentencia fue recurrida por la acusación particular, en representación de la familia de la víctima, al considerar improcedente las dos circunstancias de atenuación de la pena, instando a subir la pena a 21 años de prisión; y para que se revisara la indemnización fijándola en 100.000 euros. Pero el TSJA rechaza todos los argumentos y confirma la resolución inicial.

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